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IX Encuentro Estatal de Defensores Universitarios
MESA de TRABAJO nº 4 - La asistencia a clase en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES)
Pilar Abad García (Universidad de Valladolid)
M. Teresa González Aguado (Universidad Politécnica de Madrid)
CONCLUSIONES
I
El documento presentado y sometido a debate en la correspondiente mesa de trabajo, fue elaborado, fundamentalmente, teniendo presentes directrices emanadas de documentos emitidos tanto por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA) como por la Conferencia de Rectores (CRUE)
A estas alturas, resulta de general conocimiento el hecho de que las Universidades europeas, y entre ellas la española, se hallan inmersas en un proceso de renovación académica convergente que culminará con la implantación generalizada del ya denominado Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) hacia el año 2010.
Como también es sabido, este proceso está basado en un sistema comparable de transferencia de créditos (European Credit Transfer System, ECTS) generador de nuevas perspectivas metodológico-didácticas, priorizadoras del factor “aprendizaje”, que conllevan modificaciones relevantes en cuanto a futuros procedimientos de evaluación basados en parámetros que proponen un cálculo de la relación créditos ECTS – carga de trabajo del estudiante, uno de los cuales sería la asistencia a clase (Doc. ANECA, 2003, p.11; Doc. CRUE, 2006, pp. 3, 7)
Obviamente, en primer lugar, las consecuencias de estos cambios son estrictamente académicas, ya que modifican sustancialmente el proceso evaluativo que queda ampliado para valorar crediticiamente (ECTS) la actividad académica (“carga de trabajo”) del estudiante; en segundo, variables, en función de la autonomía de las Universidades a la hora de evaluar el parámetro “asistencia a clase” (parámetro que suele tener en consideración el “tipo de clase”) (Ver. Doc. 1, 2.2).
En este sentido, el breve muestreo recogido en el Doc. 1 (2.2) deja en evidencia la tendencia por parte de la Universidades europeas ya adaptadas al sistema ECTS a no postular la “obligatoriedad” de asistir a clase, aunque ésta suele resultar “muy conveniente” o “aconsejable” a la hora de la evaluación.
Asimismo se anima al estudiante a adoptar comportamientos de participación en clase, los cuales, obviamente, suponen el factor “presencia” en el aula.
Hasta aquí, brevemente, la cuestión académica. Ahora debemos preguntarnos lo más importante: ¿cómo puede afectar toda esta cuestión a la responsabilidad que compartimos como Defensores Universitarios?.
II
A nuestro juicio, y desde el punto de vista de los DU, cabe prever que la futura/nueva situación académica, generadora de toda una casuística evaluativa en función de Titulaciones y asignaturas, puede repercutir en el número y naturaleza de reclamaciones relacionadas con el proceso de evaluación (carga de trabajo del estudiante valorada en créditos ECTS).
Por otro lado, hay que contemplar también la probable conflictividad consecuencia del otro componente de la situación que confiere sentido a todo el proceso de Convergencia Europea: el tema de la movilidad discente y docente; situaciones ambas que, sin duda, plantearán cuestiones que deberán ser atendidas también en las Oficinas de los DU
En consecuencia, entendemos, es muy importante que los DU (españoles y europeos conjuntamente) nos sensibilicemos al máximo ante la nueva situación, y, en estrecho contacto, llevemos a cabo tareas en las cuales deberíamos combinar, en principio, dos tipos de eventual intervención:
1. actuaciones generales: de tipo preventivo ante futuros y necesarios cambios en las nuevas Normativas de Ordenación Académica de las Universidades;
2. acciones conjuntas: de previsión de conflictos e intercambio anónimo y confidencial de datos relativos a reclamaciones propias de Universidades ya adaptadas y/o de “proyectos piloto”, que deberemos transmitir a las Universidades respectivas con el fin de evitar su reiteración.
Este proceso básico deberá asimismo retener nuestra atención sostenida, en el sentido de que los sucesivos Encuentros de DU deberían mantener abierto el debate(1), la reflexión sobre los distintos aspectos y sugerencias que se vayan suscitando al respecto:
- cuestiones de garantía de la calidad académica y humana de las Universidades (QA)
- reelaboración de reglamentos
- exigencia de rigor y precisión en la propuesta de Proyectos Docentes
- reciclaje de profesores
- implicación de los estudiantes en el desarrollo de competencias propias de las titulaciones (puede potenciar la “asistencia a clase”)
- problemáticas asociadas a estudiantes “no-convencionales” : trabajadores, inmigrantes, discapacitados, adultos quienes, tras su jubilación, deciden obtener una cualificación universitaria (recordemos la máxima asociada al proceso de Convergencia europea del “long-life learning”) etc.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
- ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación) 2003:
Programa de Convergencia Europea: El Crédito Europeo. Madrid
- CRUE: Informe Técnico: El Crédito Europeo y el Sistema Educativo Español. Octubre 2002 : págs. 1-40
- CRUE: Informe Técnico: Declaración de Bologna: Adaptación del Sistema Universitario Español a sus Directrices. Julio 2006: págs. 1-9
- GONZALEZ, J. & R. WAGENAAR (eds) 2003. TUNING:Educational Structures in Europe. University of Deusto & University of Gröningen*
- “New Perspectives on ECTS as an Accumulation and Transfer System: Educational Structures, Learning Outcomes, Workload and the Calculation of ECTS Credits (Ibidem. 223-246)
(* Existe versión española. Cf. Doc. 1, Nota 8)
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(1) Esta idea fue asimismo sugerida, bajo la forma de considerar la posibilidad de mantener un taller permanente en los sucesivos Encuentros Estatales de DU; en el seno del pleno de la Comisión Permanente (CP) de DU españoles celebrado el pasado 19 de enero de 2007 en la U. de Alcalá de Henares.
MESA de TRABAJO nº 4 La asistencia a clase en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Valoración de la asistencia a clases lectivas.
Luis Espada Recarey (Universidad de Vigo)
CONCLUSIONES
Generalmente se asume el principio básico de que las nuevas tecnologías no van a ser las únicas estructuras sobre las que se asienta la educación superior, pues nada podrá reemplazar la relación personal profesoralumno ni la forma tutelada que toda enseñanza universitaria debe poseer.
No es extraño que, por varias razones, la asistencia a clase se convierta en un tema destacado y conflictivo, pues se trata del aspecto más crítico, o al menos así se percibe desde el punto de vista del estudiante, al convertirse en una circunstancia que puede determinar la evaluación de la actividad desarrollada durante todo un curso académico.
Por ello, las instituciones universitarias proponen normativas que se insertan dentro de los reglamentos internos de cada centro, normativas que deben ser claras, concretas y, por supuesto, flexibles y abarcar todos aquellos aspectos posibles, además de ser conocidas por los que están sometidos a ellas.
En este apartado las universidades muestran tantas posturas concordantes como divergentes. Véanse sino los distintos grupos encontrados:
I. Sin regulación específica
II. Con regulación específica.
a. Preceptiva para poder realizar exámenes.
b. Base de la evaluación continua, sin cuantificar.
c. Base de la evaluación continua, cuantificada.
d. Dependiente del criterio del profesorado.
e. Valoración fijada en el programa de la asignatura.
Siguiendo pautas generales propias en algunos casos de la Universidad y en otras directamente de las titulaciones específicas, éstos conservan todavía una libertad considerable para imponer sus propios parámetros docentes.
Es natural pensar que son precisamente los órganos universitarios más cercanos a la práctica formativa aquellos con más bases para dictaminar las carencias y necesidades de cada asignatura en lo referente a los temarios, al número de horas de práctica, los requisitos de presencialidad y los criterios a seguir para la evaluación, pero deben darse a conocer los límites en este ejercicio y los medios concretos para arbitrar ante los posibles problemas que se derivan de la toma de decisiones que puedan afectar al estudiantado y los conflictos que con los estudiantes se puedan producir en materia de calificaciones, plazos y vías de reclamación u obligatoriedad de asistencia, por citar casos en los que el desacuerdo suele ser más común.
Es necesario destacar una doble distinción entre teoría y práctica. De un lado, aunque en las normas generales de las universidades o las titulaciones se de vía libre a la no asistencia, en la práctica ésta termina por depender directamente de los departamentos propios de cada área de conocimiento o de los profesores encargados de su docencia. No cabe dudar de la lógica de este extremo, pues una gran parte de la formación en las titulaciones o asignaturas consideradas técnicas se base precisamente en la observación y experimentación en casos reales de actuación del futuro titulado.
Se plantea además la integración en el modelo de calificación universitario de la evaluación continua, lo que implica un seguimiento diario del alumnado a través de la realización de diferentes actividades que puedan dar una idea más aproximada de su preparación. Aunque algunos centros ya están poniendo en práctica este modelo, conviene hacer hincapié en las posibles objeciones, como la imposibilidad de asistir a clase o el derecho tradicional a la realización de exámenes parciales o finales que permitan al alumno superar las
necesidades formativas de una determinada asignatura. Es inevitable que a partir de la implantación de este modelo surja el debate que enfrente a estos dos postulados, puesto que, si bien el control del aprendizaje se basará más adecuadamente en la observación directa y continuada por parte del profesor, no lo es menos que el objetivo de los estudios universitarios es dotar al alumnado de una serie de conocimientos teorico-prácticos y habilidades que le permitan ejercer la labor para la que se prepara, y esos conocimientos podrían demostrarse a través de la ejecución de exámenes parciales y finales, de la forma en que se viene haciendo hasta ahora.
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